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El Ministerio de Minería emitió dos resoluciones que modifican el Reglamento de Adecuaciones en beneficio de los APM’s

El Ministerio de Minería emitió dos resoluciones que modifican el Reglamento de Adecuaciones en beneficio de los APM’s

El Ministerio de Minería y Metalurgia emitió las Resoluciones Ministeriales Nº 284/2019 y Nº 297/2019. La primera modifica y complementa el Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros respecto a la Licencia Ambiental y la segunda incorpora modificaciones al Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros para la presentación de Solicitudes de Adecuación pendientes, informó la Directora Ejecutiva Nacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), Guicenia Patzi Ramos.

Explicó que la Resolución Ministerial Nº 284/2019 modifica y complementa el Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros respecto a la Licencia Ambiental o documento que evidencie el cumplimiento de las normas ambientales vigentes, por lo que se comunica a los Actores Productivos Mineros (APM’s) que para la prosecución de sus trámites de Adecuación deben presentar la documentación referida a continuación, según corresponda:

  1. Licencia Ambiental;
  2. Certificación de Trámite de Licencia Ambiental (CETLA) recabada del Ministerio de Minería y Metalurgia o del Gobierno Autónomo Departamental competente y Declaración Jurada ante Notario de Fe Pública, de acuerdo a formato aprobado;
  3. Carta de solicitud de Licencia Ambiental presentada ante el Gobierno Autónomo Departamental competente y Declaración Jurada ante Notario de Fe Pública, de adecuado a formato aprobado;
  4. Formulario de Nivel de Categorización Ambiental recabado del Ministerio de Medio Ambiente y Agua y Declaración Jurada ante Notario de Fe Pública, de acuerdo a formato aprobado.

Para este propósito, los APM’s deben considerar que el plazo inició el 2 de enero y concluye el 31 de marzo del año en curso.

Asimismo, la Directora Ejecutiva Nacional de la AJAM manifestó que en virtud a la Resolución Ministerial Nº 297/2019, se exhorta a titulares de derechos mineros sujetos a adecuación a presentar Solicitudes de Adecuación pendientes ante las Direcciones Departamentales y Regionales de la AJAM, hasta el 13 de mayo de 2020, independientemente del Grupo al cual correspondan, previa regularización del Formulario de Consignación de Datos. El plazo inició el 2 de enero.

Los APM’s que tengan su trámite en curso y no hubiesen cumplido con todos los requisitos exigidos por norma deben subsanar y regularizar estos requisitos en Solicitudes de Adecuación Cursantes hasta el 13 de febrero del presente año. El plazo inició el 2 de enero.